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Ya es obligatorio el uso de tapaboca en Rosario del Tala

La medida fue establecida a través de un decreto y entró en vigencia a partir de hoy jueves 30 de abril. Este requisito se debe adoptar en comercios y en dependencias de atención al público públicas o privadas. No se dispuso sanciones para quienes incumplan, sin embargo se estableció que, quienes deben exigir en primer termino su uso serán los encargados y empleados de los establecimientos.
A continuación trascribimos el decreto que fue enviado esta mañana a nuevotribuno.com:
DECRETO N°070/2020 - DISPONIENDO EL USO OBLIGATORIO TAPABOCA EN EL ÁMBITO DE JURISDICCIÓN DEL MUNICIPIO DE ROSARIO DEL TALA
Departamento Ejecutivo, 28 de abril de 2020
Visto:
La recomendación formulada por el Comité de Emergencia por Coronavirus local, en el sentido de implementar en forma obligatoria de mascarilla tapaboca u otro material de tela similar que cubra mentón, boca y nariz en jurisdicción del municipio de Rosario del Tala para aquellas personas que permanezcan y/o ingresen en locales comerciales, como así también en dependencias públicas nacionales, provinciales y municipales, todo ello comprendido dentro de las tareas desplegadas a los fines evitar la propagación de la pandemia del coronavirus (Covid-19), y;
Considerando
Que una de las principales características del Covid-19 es su alta capacidad de transmisibilidad y de contagio, la que esta presente aún en personas contagiadas pero asintomáticas, y que la utilización de este tipo de elementos protectores, sumado a la implementación de otras medidas como el distanciamiento social, reduce significativamente las potabilidades de contagio.
Que en tal sentido el Departamento Ejecutivo Municipal comparte los fundamentos expuestos en el encuentro del día de la víspera de dicho comité.
Por todo ello resuelve;
El presidente municipal de Rosario del Tala en ejercicio de sus atribuciones decreta
ARTICULO 1°) Disponesé a partir del jueves 30 de abril de 2020 el USO OBLIGATORIO DE MASCARILLA TAPABOCA U OTRO MATERIAL DE TELA SIMILAR que cubra el mentón, boca y nariz para el ingreso o permanencia en locales comerciales y dependencias nacionales, provinciales y municipales en el ámbito de jurisdicción del municipio de Rosario del Tala, SIENDO LOS ENCARGADOS Y/O EMPLEADOS DE DICHOS ESTABLECIMIENTOS LOS RESPONSABLES EN PRIMER TÉRMINO DE EXIGIR EL CUMPLIMIENTO DE DICHO REQUISITO.
ARTICULO 2°) RECOMIENDESÉ el uso de mascarilla tapaboca u otro material de tela similar que cubra mentón, boca y nariz en ESPACIO Y VÍA PÚBLICA.
ARTICULO 3°) Comuniquesé, notifiquesé, etc.
Raúl Ancelmo Paz
Secretario General
Luis Alberto Schaaf
Presidente Municipal.