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Cambios en el congelamiento de combustibles a partir de hoy

Se liberan los precios del canal mayorista y se posibilitan otras medidas para modificar los valores de referencia.
El Gobierno definió una serie de cambios en el Congelamiento de Combustibles por medio del decreto 601, emitido este lunes 2 en el Boletín Oficial. El objetivo es atenuar el impacto en el sector petrolero de las medidas tomadas por el decreto 566 que, para morigerar el impacto de la suba del dólar tras el resultado de las PASO, congeló el precio de los combustibles por 90 días al tomar como referencia el que fue pactado el 9 de agosto pasado.
La medida no implica cambios en lo que los consumidores pagan por el precio de las naftas en los surtidores.
Por un lado, se elevó de $45,19 a $46,69 el precio del dólar tomado como referencia para las operaciones con crudo llevadas a cabo en el mercado local.
Por otro lado se establece una transferencia de $2,81 por dólar para los productores de petróleo, llevando entonces el dólar de $46,69 a $49,50 para todos los barriles entregados al mercado interno por un periodo de 30 días.
Este monto agrega un 6% de aumento al precio del barril, por lo que se acumula un 9,54% de mayor precio para los productores. El costo fiscal de esta transferencia es de $1.550 millones de pesos y será solventado reasignando partidas del presupuesto de la Secretaría de Gobierno de Energía.
En tanto, se estableció que el tope en el precio de las naftas y el gasoil será para que los productos "que tengan como destino final el abastecimiento de combustibles por pico de surtidor en bocas de expendio (estaciones de servicio) no podrá ser superior al precio vigente al día 9 de agosto de 2019".
Esta medida, que fue anticipada el viernes por el secretario de Energía, Gustavo Lopetegui, a las empresas, generó diferencias de criterios entre los jugadores del sector. Tal como publicó Ámbito este sábado, los productores no integrados rechazan la medida, que sí es avalada por las grandes compañías que representan el 70% del mercado.
En sus considerados, el decreto fue justificado "como un primer paso para normalizar la fijación de precios del sector y no afectar el empleo, la actividad, la producción y las inversiones".
Según detalló el ministerio de Hacienda en un comunicado, el canal mayorista representa el 17% del total del volumen, lo que sumado al 30% de otros productos no congelados originalmente (combustibles de aviación, buques, asfaltos, lubricantes y otros) hace que el 47% del volumen ya no caiga bajo el congelamiento. Este 47% de volumen equivale aproximadamente a un 38% de las ventas en pesos.
Otra medida tomada por Hacienda para compensar a las petroleras es que no se realizará la actualización del Impuesto a los Combustibles correspondiente al 1 de septiembre.
Las medidas punto por punto
• Los precios en las estaciones de servicio de todas las naftas y gasoils continúan congelados.
• Se liberan los precios del canal mayorista.
• Dados los ingresos extras que generará esta liberación de las ventas mayoristas, se aumentará el valor del dólar de 45,19 a 46,69 pesos para la fijación del precio del barril a los productores. Esto implica un aumento del 3,3% del precio del barril.
• El canal mayorista representa el 17% del total del volumen, lo que sumado al 30% de otros productos no congelados originalmente (combustibles de aviación, buques, asfaltos, lubricantes y otros) hace que el 47% del volumen ya no caiga bajo el congelamiento. Este 47% de volumen equivale aproximadamente a un 38% de las ventas en pesos.
• Por otro lado se establece una transferencia de 2,81 pesos por dólar para los productores de petróleo, llevando entonces el dólar de $46,69 a $49,50 para todos los barriles entregados al mercado interno por un periodo de 30 días. Este monto agrega un 6% de aumento al precio del barril, por lo que se acumula un 9,54% de mayor precio para los productores. El costo fiscal de esta transferencia es de $1.550 millones de pesos y será solventado reasignando partidas del presupuesto de la Secretaría de Gobierno de Energía.
• No se realizará la actualización del Impuesto a los Combustibles correspondiente al 1/9.
• Se instruye a la Secretaría de Gobierno de Energía para que, teniendo en cuenta los fines perseguidos por el Decreto de Congelamiento del 15 de agosto de 2019 y en la medida que las circunstancias lo permitan, dicte los actos que resulten necesarios para ir normalizando los precios del sector: modificando los valores de referencia, los precios topes y/o requiriendo transferencias del Tesoro Nacional, con el fin de proteger al consumidor y sostener el nivel de actividad y el empleo.