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Jury a Rossi: recusan a cuatro jueces

El proceso vuelve a empezar: los abogados defensores de Rossi, Guillermo Vartorelli y Miguel Cullen, recusaron a cuatro de los siete miembros del Jurado de Enjuiciamiento, precisamente a los que votaron abrirle proceso al magistrado.
Cuando todo parecía indicar que el caso del juez Carlos Alfredo Rossi, titular del Juzgado de Ejecución de Penas de Gualeguaychú, acusado por mal desempeño y falta de ideoneidad en el cargo, iba camino al jury de enjuiciamiento, el proceso encontró un nuevo e insólito escollo: nuevas recusaciones hacia cuatro integrantes del Jurado de Enjuiciamiento.
El proceso transitaba su instancia final al haberse incorporado ya el dictamen del Procurador General, Jorge Amílcar García, el acusador, y se esperaba la fijación de las fechas de los debates públicos. El procedimiento del jury se rige por la Ley Nº 9.283, del año 2000 –el apartado de la Constitución que regula ese instituto nunca fue reglamentado–, y se inició a principios de abril de 2017, cuando se presentó el primero de los ochos pedidos de enjuiciamiento al magistrado gualeguaychuense.
Pero ahora el proceso vuelve a empezar: los abogados defensores de Rossi, Guillermo Vartorelli y Miguel Cullen, recursaron a cuatro de los siete miembros del Jurado de Enjuiciamiento, precisamente a los que votaron abrirle proceso al magistrado: se trata del senador Lucas Larrarte, a la vocal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) Susana Medina de Rizzo, al diputado Daniel Koch y Jorge Campos, que representa al Colegio de Abogados de Entre Ríos.
El argumento para las recusaciones es que, al votar abrir proceso a Rossi, adelantaron opinión sobre el eventual fallo que producirá el Jurado de Enjuiciamiento.
Pero la votación por la apertura del proceso a Rossi fue 5 a 2. El quinto que votó por la apertura de la causa es Roberto Beheran, representante, al igual que campos, del Colegio de Abogados de Entre Ríos.
El caso
Rossi fue denunciado por mal desempeño y falta de idoneidad por haberle otorgado la libertad condicional al violador serial Sebastián Wagner, el 1º de julio de 2016, y quien en abril de 2017 asesinó a Micaela García en Gualeguay.
El Jurado de Enjuiciamiento resolvió, el 7 de diciembre, abrir causa contra el juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Gualeguaychú, Carlos Alfredo Rossi. La resolución implicó, además, correrle traslado al Procurador Jorge Amilcar García para que en 15 días formule la acusación; y la suspensión del magistrado en su cargo, más la retención del 30% de su sueldo.
El magistrado tiene ocho denuncias por mal desempeño y falta de idoneidad a raíz de una decisión polémica: el 1º de julio de 2016 otorgó la libertad condicional al violador serial Sebastián Wagner, quien hasta entonces estaba alojado en la Unidad Penal Nº 9 Granja Penal Colonia El Potrero, de Gualeguaychú, cumpliendo una pena de 9 años de prisión por dos hechos de violación. Si Wagner seguía en prisión recién iba a salir a las calles el 16 de julio de 2018.
Nueve meses después de la resolución del juez Rossi, el 1° de abril de 2017, Wagner asesinó a la joven Micaela García, en Gualeguay. El caso conmocionó al país, y sobre todo al movimiento de mujeres que se movilizó bajo la consigna #NiUnaMenos. En Entre Ríos, el rostro del juez fue parte de las pancartas que se exhibieron en el Poder Judicial, junto al rótulo de “cómplice”. El 17 de octubre pasado, el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguay condenó a Wagner a prisión perpetua por “abuso sexual con acceso carnal en concurso ideal con homicidio calificado por alevosía, criminis causae y femicidio”. Su jefe Néstor Pavón fue condenado a cinco años de prisión por encubrimiento y el hijastro de Wagner, Gabriel Otero, fue absuelto.
Suspendido en su cargo y sometido a jury, el juez Rossi enfrenta ahora el proceso central: la acusación del Procurador.
El Jurado de Enjuiciamiento que votó abrir un proceso contra el juez Rossi no tuvo una postura unánime sino que hubo disidencias. Uno de los que se mostró en contra fue el presidente del Jurado, Daniel Omar Carubia, vocal del Superior Tribunal de Justicia (STJ), quien opinó que la decisión de Rossi fue coherente y fundamentada. “Ese resolutorio se constata seria y calificadamente fundamentado y la decisión adoptada deriva coherentemente de las razones invocadas por el juzgador, las cuales responden a las concretas constancias comprobadas de la causa y a una interpretación de los hechos y el derecho aplicable que no se revela irrazonable sino, por el contrario, conteste con criterios jurisprudenciales del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos y otros”, escribió.
Fuente: Entre Ríos Ahora.