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Comenzó el juicio que podría sentar un precedente en Entre Ríos

Una escuela rural fue fumigada en Colonia Santa Anita en 2014. Una maestra y sus alumnos sufrieron vómitos y ardor. Hay tres personas imputadas por "lesiones culposas leves" y "contaminación ambiental"
Con la declaración de testigos, comenzó hoy el juicio por la causa de una escuela rural fumigada en Colonia Santa Anita, departamento Uruguay. Se desarrolla en los Tribunales de Concepción del Uruguay. Su resolución podría sentar un importante precedente en Entre Ríos.

Es la primera vez que una denuncia de este tipo llega a juicio en nuestra provincia. Tras una fumigación de agrotóxicos que hizo una avioneta cerca de la Escuela Nº 44 “República Argentina”, la docente Mariela Leiva y cinco alumnos fueron atendidos con vómitos, náuseas, dolores y erupciones el 4 de diciembre de 2014.
La lucha del gremio Agmer en el marco de la campaña "Paren de Fumigar las Escuelas", que derivó en una denuncia y posterior actuación de la Justicia, tuvo como resultado que tres personas -el productor, el presidente de la empresa de aviación y el piloto de la aeronave- fueran imputados y procesados por “lesiones culposas leves” y “contaminación ambiental”.
El resultado de este juicio puede sentar un precedente, tanto para muchas escuelas rurales que se encuentran en situaciones similares a lo largo y ancho del país, como para todos aquellos docentes que sufren de estos mismos abusos de la ley, para que se animen a denunciar y luchar por sus derechos, manifestaron desde el gremio docente.
"La salud de los trabajadores y los estudiantes está en peligro, como lo demuestran distintos estudios científicos de nuestro país y el mundo debido a estas prácticas inherentes al modelo productivo", destacaron. Y subrayaron: "Estas situaciones atentan contra el trabajo de los docentes y los derechos humanos de las comunidades educativas rurales".
Finalmente, desde Agmer citaron el artículo 41 de la Constitución Nacional: “Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley”.