📢 LO ÚLTIMO

El Jefe Tannus recibió a vecinos de Maciá y mantuvieron un diálogo franco y sincero

El encuentro se llevó a cabo en el día de hoy en una de las oficinas de la Comisaría de la ciudad de Maciá y surgió a raíz de la preocupación del Jefe de Policía Departamental Tala, Comisario Inspector Ciro Elías Tannus por el petitorio entregado en el día de ayer después de haberse realizado la última marcha de vecinos autoconvocados de la ciudad.

Formaron parte de este encuentro la Sra. Alejandra Looze; también una vecina de Maciá afectada por un robo reciente y el Secretario del Jefe de Policía. Testigo del encuentro Día1Noticias.

La reunión de carácter muy ameno y afable, mostró la predisposición de la policía talense en tomar contacto con los vecinos, conocer su realidad y escuchar en primera persona sus puntos de vistas, sugerencias, pedidos y reclamos si los hubiese. Un gesto muy digno de destacar más viniendo de una autoridad de vasta trayectoria como Tannus, con 30 años de servicio en la fuerza.

De forma muy clara y concisa, Looze pude explicarle y detallarle a la autoridad policial, cuales era los objetivos que persiguieron las movilizaciones, puntualizando que no era un problema directo con la fuerza o de la fuerza, sino que lo que verdaderamente subyace es una profunda problemática social, en donde la delincuencia juvenil es protagonista. También le ratificó la intención de colaborar de muchos vecinos en relación al tema prevención, haciendo foco en ciertos hábitos que una comunidad en plena expansión y crecimiento debiera abandonar.

Tannus fue muy preciso al fijar la posición y los límites que la Policía tiene, sobre todo a raíz de las últimas modificaciones del Código Procesal y la creación del Ministerio Público Fiscal, que es el encargado de realizar las investigaciones correspondientes y dictar los distintos procedimientos en las causas. En ese sentido, cabe recordar que lo que ahora se llama Investigación preparatoria, es realizada por el fiscal a partir de una denuncia, de una causa originada por la actuación policial o de oficio por propia decisión del fiscal. Esta etapa tiene un plazo máximo de un año. Es decir es un proceso en el cual la policía no interviene, salvo expreso pedido de la fiscalía.

Justamente en este punto, se recordó que el artículo 15 de la Constitución establece que se puede detener a una persona en dos circunstancias: a) si se lo encuentra cometiendo un delito en el momento mismo del acto, (infraganti), o b) si se tiene semiplena prueba de que cometió un delito, y una orden de un juez.