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Dos años después, el STJ anuló un concurso de psicólogos por “irregularidades”

Dos años después, el STJ anuló un concurso de psicólogos por “irregularidades”

El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJER) resolvió anular la evaluación practicada en un concurso para cubrir un cargo de psicólogo en el Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad Nº 2 de Gualeguaychú, dos años después de su realización. Además, dictaminó realizar un llamado de atención al tribunal examinador “por la irregularidades advertidas violatorias de los principios básicos de todo procedimiento
concursal como la transparencia, la igualdad, la preclusión de etapas, el debido proceso, la publicidad, el derecho a defensa y a ser oído”, así como disponer una nueva evaluación a cargo de un nuevo Tribunal Examinador, supo ANALISIS DIGITAL. La decisión se dio en el caso iniciado en diciembre de 2012, luego de que algunos de los 11 psicólogos que se presentaron apelaran el resultado de concurso para cubrir el cargo vacante de psicólogo en el Juzgado a cargo de Carlos Rossi.
Algunos de los profesionales apelaron el resultado porque entendieron que se intentaba favorecer a uno de los postulantes, Franco Carboni, suplente en el cargo e hijo de un exjuez. 

Esta apelación fue desestimada en duros términos por el tribunal examinador conformado por el juez Carlos Rossi, la jueza Alicia Vivian y el Fiscal Mauricio Derudi, quien también salió a defender el criterio del tribunal en los medios de comunicación.

Los profesionales, convencidos de que tenían sólidos argumentos para sostener su postura recurrieron al Superior Tribunal de Justicia (STJ) buscando que se reconozca su igualdad ante ley.

Dos años y cuatro meses después, informaron que el STJ les ha otorgado razón en sus dichos, decidiendo anular la evaluación practicada, realizar un llamado de atención al tribunal examinador “por la irregularidades advertidas violatorias de los principios básicos de todo procedimiento concursal como la transparencia, la igualdad, la preclusión de etapas, el debido proceso, la publicidad, el derecho a defensa y a ser escuchado”, y nombrar un nuevo jurado. Así lo resolvió en una sentencia fechada el 20 de abril de este año.

El STJ consideró en su resolución “que resultan ostensibles y palmarias las irregularidades en que ha incurrido el tribunal examinador en el concurso (…) estimando especialmente graves algunas de ellas, como la que concede puntaje por un curso determinado al asistente y no al disertante (…) entre otras deficiencias directamente se cambian los criterios para calificar en el mismo momento de la evaluación (…) se delimitaron las pautas de evaluación de antecedentes de una manera irrazonable (…) con una regla que condujo en la práctica a lo absurdo”.

El STJ hizo mención a aspectos a mejorar por el sistema judicial en el sentido de celebrar los concursos con mayor celeridad ya que “las irregularidades en la convocatoria, celebración, evaluación y corrección de concursos en este tipo de cargos favorece a quienes se vienen desempeñando con carácter de interino.”

“Los profesionales involucrados desean compartir su beneplácito con este fallo y celebrar la decisión del STJ que defiende la igualdad de todos ante la ley, y esperan que este antecedente contribuya a la realización de concursos más sólidos y transparentes que redundan en beneficios para toda la población”, expresaron.