La Legislatura entrerriana sancionó una ley que limita el tiempo de espera en instituciones públicas y privadas que tienen atención al público. Conforme lo estipula la norma, que incluye entidades financieras, entes recaudadores, reguladores, empresas de servicios y supermercados, entre otros, el tiempo de espera para la atención no podrá superar la media hora.Al respecto, la diputada Rosario Romero, autora del proyecto unificado luego con uno similar presentado por el diputado Antonio Rubio, sostuvo que "resulta a todas luces razonable y justo que todas las entidades beneficiadas con la creciente y progresiva masificación de sus respectivos servicios, pongan a disposición de los clientes y/o asistentes las condiciones básicas para una buena atención, entre las que el acceso a un sanitario accesible resulta indispensable".
En este sentido, la legisladora remarcó que "la ley sancionada garantiza a los entrerrianos que son consumidores y usuarios de servicios públicos o privados el derecho de ser atendidos dentro de un tiempo máximo de 30 minutos y a su vez tener a disposición un sanitario al momento de concurrir a la sede de tales organismos, para el caso de necesitarlo".
Respecto del ámbito de aplicación de la nueva ley, la diputada Romero explicó que "en el caso de las entidades bancarias, si bien existe la posibilidad de operar cuentas o pagar impuestos y servicios a través de medios informáticos como 'home banking', lo cierto es que es una herramienta alternativa para el usuario, por cuanto hay clientes a los que les resulta mas conveniente la atención personalizada, y fundamentalmente, aquellos cientos de miles de entrerrianos relacionados laboralmente con la administración pública que perciben su salario mensual activo y pasivo en una institución bancaria".
"Asimismo, los entes recaudadores públicos tales como ATER, que mes a mes encuentran sus dependencias abarrotadas de gente que concurre a pagar sus cuentas, y los locales de las cadenas de supermercados y empresas prestatarias de servicios de uso residencial o comercial como la luz, gas, teléfono fijo o móvil", agregó la diputada.
Finalmente, Rosario Romero sostuvo que "resulta a todas luces razonable y justo que todas las entidades referidas, beneficiadas con la creciente y progresiva masificación de sus respectivos servicios, pongan a disposición de los clientes y/o asistentes las condiciones básicas para una buena atención, entre las que el acceso a un sanitario accesible resulta indispensable, por lo que la sanción de esta ley contempla derechos que harán más confortable la vida de los ciudadanos".
En el nuevo texto incorporado a la ley provincial Nº 8973, de Defensa al Consumidor, que se identificó como artículo 5º bis, se consideró una “práctica abusiva” y contraria al “trato digno” de usuarios y consumidores en locales de acceso a la atención masiva, que las personas deben esperar más de 30 minutos en las cajas habilitadas para cobros o pagos.
Que esa espera se haga en condiciones de incomodidad, en la que el consumidor deba soportar las inclemencias del tiempo para ser atendidos en sus requerimientos. Y que en esos lugares no haya acceso libre y gratuito a los sanitarios.
Por esa razón, se indicó que tanto los ámbitos públicos como los privados, con la sanción de la ley, deberán “adaptar sus instalaciones y prácticas en un plazo de seis meses”, a partir de su promulgación.
Entre las modificaciones que “los sujetos obligados (entes públicos o privados) deberán adaptar sus instalaciones y prácticas en un plazo de seis meses a partir de su promulgación. Como detalle, también quedó establecido que los sanitarios “deberán estar visiblemente señalados, en condiciones de accesibilidad para personas con discapacidad o movilidad reducida y respetar las disposiciones reglamentarias locales correspondientes”, se prescribió.
“También, deberán proveer de carteles indicativos en lugares visibles para el público, donde se especifiquen los medios, direcciones y teléfonos para realizar las denuncias por las prácticas abusivas descriptas en el artículo anterior”.
Como órgano de autoridad y contralor se dispuso que sea la Dirección General de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial de Entre Ríos. “Una vez que se promulgue, seguramente se deberá reglamentar y nosotros adecuar la Dirección para recibir las denuncias y hacer el control”, acotó Albornoz.
Incumplimientos
Además, quedó establecido que quienes incumplan o realicen prácticas abusivas contrarias a lo que dispone la legislación, serán sancionados e, incluso, hasta se les podrá aplicar clausuras por el término de 10 días a los locales. “En caso de reincidencia se aplicará multa equivalente al doble establecido por la reglamentación. A tales efectos, se considera reincidencia toda nueva infracción cometida en el término de un año contado a partir del dictado de la resolución firme que establece la sanción”, se fijó en las modificaciones.
Al momento del debate se consideró que es un abuso que una persona deba estar (aunque sea en buenas condiciones) esperando más de 30 minutos para realizar un trámite en las entidades públicas o privadas, como bancos, supermercados o comercios de alta concurrencia.
Por esa razón, según se indicó durante el debate, es que las modificaciones que se le introducen a la ley, son para “garantizar a los usuarios y consumidores que el tiempo de espera en cajas no debe superar la media hora”, pasado ese tiempo, las personas podrán hacer una denuncia en la Dirección de Defensa del Consumidor.
Quedan incluidos en la medida, las entidades financieras, entes recaudadores provinciales, entes reguladores, empresas de servicios de luz, gas, teléfono, televisión por cable o aire y supermercados, entre otros.
En este sentido, la legisladora remarcó que "la ley sancionada garantiza a los entrerrianos que son consumidores y usuarios de servicios públicos o privados el derecho de ser atendidos dentro de un tiempo máximo de 30 minutos y a su vez tener a disposición un sanitario al momento de concurrir a la sede de tales organismos, para el caso de necesitarlo".
Respecto del ámbito de aplicación de la nueva ley, la diputada Romero explicó que "en el caso de las entidades bancarias, si bien existe la posibilidad de operar cuentas o pagar impuestos y servicios a través de medios informáticos como 'home banking', lo cierto es que es una herramienta alternativa para el usuario, por cuanto hay clientes a los que les resulta mas conveniente la atención personalizada, y fundamentalmente, aquellos cientos de miles de entrerrianos relacionados laboralmente con la administración pública que perciben su salario mensual activo y pasivo en una institución bancaria".
"Asimismo, los entes recaudadores públicos tales como ATER, que mes a mes encuentran sus dependencias abarrotadas de gente que concurre a pagar sus cuentas, y los locales de las cadenas de supermercados y empresas prestatarias de servicios de uso residencial o comercial como la luz, gas, teléfono fijo o móvil", agregó la diputada.
Finalmente, Rosario Romero sostuvo que "resulta a todas luces razonable y justo que todas las entidades referidas, beneficiadas con la creciente y progresiva masificación de sus respectivos servicios, pongan a disposición de los clientes y/o asistentes las condiciones básicas para una buena atención, entre las que el acceso a un sanitario accesible resulta indispensable, por lo que la sanción de esta ley contempla derechos que harán más confortable la vida de los ciudadanos".
En el nuevo texto incorporado a la ley provincial Nº 8973, de Defensa al Consumidor, que se identificó como artículo 5º bis, se consideró una “práctica abusiva” y contraria al “trato digno” de usuarios y consumidores en locales de acceso a la atención masiva, que las personas deben esperar más de 30 minutos en las cajas habilitadas para cobros o pagos.
Que esa espera se haga en condiciones de incomodidad, en la que el consumidor deba soportar las inclemencias del tiempo para ser atendidos en sus requerimientos. Y que en esos lugares no haya acceso libre y gratuito a los sanitarios.
Por esa razón, se indicó que tanto los ámbitos públicos como los privados, con la sanción de la ley, deberán “adaptar sus instalaciones y prácticas en un plazo de seis meses”, a partir de su promulgación.
Entre las modificaciones que “los sujetos obligados (entes públicos o privados) deberán adaptar sus instalaciones y prácticas en un plazo de seis meses a partir de su promulgación. Como detalle, también quedó establecido que los sanitarios “deberán estar visiblemente señalados, en condiciones de accesibilidad para personas con discapacidad o movilidad reducida y respetar las disposiciones reglamentarias locales correspondientes”, se prescribió.
“También, deberán proveer de carteles indicativos en lugares visibles para el público, donde se especifiquen los medios, direcciones y teléfonos para realizar las denuncias por las prácticas abusivas descriptas en el artículo anterior”.
Como órgano de autoridad y contralor se dispuso que sea la Dirección General de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial de Entre Ríos. “Una vez que se promulgue, seguramente se deberá reglamentar y nosotros adecuar la Dirección para recibir las denuncias y hacer el control”, acotó Albornoz.
Incumplimientos
Además, quedó establecido que quienes incumplan o realicen prácticas abusivas contrarias a lo que dispone la legislación, serán sancionados e, incluso, hasta se les podrá aplicar clausuras por el término de 10 días a los locales. “En caso de reincidencia se aplicará multa equivalente al doble establecido por la reglamentación. A tales efectos, se considera reincidencia toda nueva infracción cometida en el término de un año contado a partir del dictado de la resolución firme que establece la sanción”, se fijó en las modificaciones.
Al momento del debate se consideró que es un abuso que una persona deba estar (aunque sea en buenas condiciones) esperando más de 30 minutos para realizar un trámite en las entidades públicas o privadas, como bancos, supermercados o comercios de alta concurrencia.
Por esa razón, según se indicó durante el debate, es que las modificaciones que se le introducen a la ley, son para “garantizar a los usuarios y consumidores que el tiempo de espera en cajas no debe superar la media hora”, pasado ese tiempo, las personas podrán hacer una denuncia en la Dirección de Defensa del Consumidor.
Quedan incluidos en la medida, las entidades financieras, entes recaudadores provinciales, entes reguladores, empresas de servicios de luz, gas, teléfono, televisión por cable o aire y supermercados, entre otros.