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Elección 2017 / Veda: rigen las prohibiciones electorales

La veda electoral comenzó a regir este viernes a partir de las 8 en todo el territorio argentino. Por la cual queda prohibida toda actividad de campaña y difusión de mensajes proselitistas y encuestas. ¿Qué pasa con las redes sociales?
De acuerdo al cronograma electoral, la veda electoral -por la cual queda prohibida toda actividad de campaña y difusión de mensajes proselitistas y encuestas- comienza a regir este viernes a partir de las 8 en todo el territorio argentino. No obstante, las redes sociales no están alcanzadas por la veda que prohíbe hacer campaña o difundir datos electorales dentro de las 48 horas previas a los comicios, aunque los blogs y periódicos digitales sí están regulados por las normas electorales. La campaña para los comicios legislativos del domingo tuvo un cierre atípico, debido a la suspensión de los actos tras el hallazgo de un cuerpo en el río Chubut.
Además de ponerle un límite a la campaña proselistista, la normativa también prevé la prohibición para la publicación de encuestas y todo tipo de declaraciones de propaganda política de candidatos, funcionarios o comunicadores sociales.
La veda establece también que desde 12 horas antes y hasta tres horas después del cierre de los comicios se prohíbe la venta de bebidas alcohólicas y que a partir de la medianoche previa a la elección los locales bailables deben permanecer cerrados.
Entre las 8 y las 18 horas del domingo no podrán realizarse espectáculos populares al aire libre ni en recintos cerrados, fiestas teatrales y deportivas, ni toda clase de reunión pública que no se refiera al acto electoral.
Además, a 80 metros de las mesas de votación tampoco podrán llevarse a cabo (desde 12 horas del acto comicial) reuniones de electores en los domicilios, ni utilizar depósitos de armas, abrir organismos partidarios ni distribuir boletas.
El detalle
Durante el acto electoral y hasta tres horas después de su finalización se prohíben:
- Los espectáculos populares al aire libre.
- Los espectáculos populares en recintos cerrados.
- Las fiestas teatrales y deportivas.
- Toda clase de reunión pública que no se refiera al acto electoral.
- Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección.
-A ochenta metros de la mesa receptora de votos está prohibido:
- La realización de reuniones de electores en los domicilios.
- La apertura de organismos partidarios.
- La distribución de boletas de sufragios a los electores.
Cuarenta y ocho horas antes y hasta el cierre del acto electoral se prohíbe:
- Realizar actos públicos de proselitismo.
- La emisión y publicación de avisos publicitarios en medios televisivos, radiales y gráficos con el fin de promover la captación del voto del elector.
- La publicación en medios de comunicación -sean estos audiovisuales, de radiodifusión, gráficos, u otros- de resultados de encuestas, sondeos de opinión, pronósticos electorales, así como la referencia a sus datos.
Doce horas antes y tres horas después de finalizado el acto electoral se prohíbe:
- Tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas.
A partir de las 00. Los boliches deben estar cerrados. En los bares o restaurantes tampoco se pueden vender bebidas alcohólicas.